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DECRETO N° 489

LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA, APRUEBA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- El Honorable Congreso del Estado de Oaxaca en términos de la facultad que le confiere los artículos 4, fracciones VIII y IX, 17, fracción XXXIII y 23 Bis 1 de la Ley de Catastro para el Estado de Oaxaca, aprueba las tablas de valores de construcción, las bases mínimas para suelo urbano y suelo rustico y tablas de valores suelo urbano y suelo rústico, ambos del 2008, quedando en los términos siguientes:

VALORES DE CONSTRUCCION PARA EL ESTADO DE OAXACA DE JUÁREZ; VIGENTES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2008. 

CAÑADA

TEOTITLAN DE FLORES MAGÓN

CUICATLAN

COSTA

PINOTEPA NACIONAL (JAMILTEPEC)

SAN PEDRO POCHUTLA

PUERTO ESCONDIDO

CUENCA

CHOAPAM

COSOLAPA

LOMA BONITA

TUXTEPEC

ISTMO

IXTEPEC

JUCHITAN DE ZARAGOZA

MATÍAS ROMERO

SALINA CRUZ

TAPANATEPEC

TEHUANTEPEC

MIXTECA

COIXTLAHUACA

HUAJUAPAN DE LEÓN

JUXTLAHUACA

NOCHIXTLAN

SILACAYOAPAN

TEPOSCOLULA

TLAXIACO

SIERRA NORTE

IXTLÁN DE JUÁREZ

VILLA ALTA

ZACATEPEC

SIERRA SUR

MIAHUATLAN DE PORFIRIO DÍAZ

PUTLA

SOLA DE VEGA

EL CAMARON NEJAPA (YAUTEPEC)

VALLES CENTRALES

CENTRO

01 - ZONA CENTRO

02 - ZONA AGENCIA DE CANDIANI

03 - ZONA AGENCIA DE CINCO SEÑORES

04 - ZONA AGENCIA DE DOLORES

05 - ZONA AGENCIA DE DONAJÍ

06 - ZONA AGENCIA DE GUADALUPE VICTORIA

07 - ZONA AGENCIA DE MONTOYA

08 - ZONA AGENCIA DE PUEBLO NUEVO

09 - ZONA AGENCIA DE SAN FELIPE DEL AGUA

10 - ZONA AGENCIA DE SAN JUAN CHAPULTEPEC

11 - ZONA AGENCIA DE SAN MARTÍN MEXICAPAM

12 - ZONA AGENCIA DE SAN LUIS BELTRÁN

13 - ZONA AGENCIA DE SANTA ROSA PANZACOLA

14 - AGENCIA DE VIGUERA

EJUTLA DE CRESPO

ETLA

OCOTLAN DE MORELOS

TLACOLULA DE MATAMOROS

ZAACHILA

ZIMATLAN DE ALVAREZ

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TRANSITORIO:

 

 

ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

 

 

 

 

Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado y hará que se publique y se cumpla.

 

 

DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO.- San Raymundo Jalpan, Centro, Oax., 20 de marzo de 2008.

 

 

 

 

 

 

DIP. JOSE ANTONIO YGLESIAS ARREOLA

PRESIDENTE
RÚBRICA

 

 

DIP. DANIEL GURRIÓN MATÍAS

SECRETARIO
RÚBRICA

 

DIP. SILVIA ESTELA ZÁRATE GONZÁLEZ

SECRETARIA
RÚBRICA